PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario


PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la SEMARNAT, de la PROFEPA y de la PGR, atiendan los derrames y sus respectivos daños ambientales de sustancias peligrosas de la Mina Dos Señores, establecida en el estado de Sinaloa.


Proponente: López Moreno Lourdes Adriana (PVEM)



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014

Fecha de presentación: 23-Octubre-2014

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
PRIMERO. Esta honorable asamblea exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que, de conformidad con el artículo 18 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, por razones de urgencia e importancia, inicie la reparación inmediata de los daños ocasionados por la mina Dos Señores establecida en el estado de Sinaloa, con cargo al Fondo de Responsabilidad Ambiental, procediendo a demandar la restitución de los recursos económicos que se eroguen para su reintegración al fondo ambiental.
SEGUNDO. Esta honorable asamblea exhorta respetuosamente al titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que aplique el régimen de responsabilidad ambiental previsto en el artículo 3o., fracción I, en su procedimiento administrativo y ejerza la acción de responsabilidad ambiental, solicitando la imposición de la sanción económica prevista en el artículo 19, fracción II, por el derrame descrito en el presente documento, registrado en el estado de Sinaloa.
TERCERO. Esta honorable asamblea exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y al titular de la Procuraduría General de la Republica, para que aplique el régimen unificado de responsabilidad por daño al ambiente previsto en el artículo 4o. constitucional, y 3o. de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
CUARTO. Esta honorable asamblea exhorta respetuosamente al titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a solicitar la coadyuvancia del Ministerio Público y requerir aplique el régimen de responsabilidad ambiental, de conformidad con el artículo 3o. de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
QUINTO. Esta honorable asamblea exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y al titular de la Procuraduría General de la Republica, a imponer como medida de seguridad a la mina Dos Señores, el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 10, segundo párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, a efecto de que se lleven a cabo las acciones necesarias para evitar que los daños al ambiente se incrementen.
SEXTO. Esta honorable asamblea exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y al titular de la Procuraduría General de la Republica, inicien investigación inmediata para determinar si en la mina Dos Señores, establecida en el estado de Sinaloa, sus directivos, funcionarios y empleados previeron como posible el no haber generado el daño ambiental en los municipios mencionados en el presente documento.
. Pendiente